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EXPEDIENTES DE RESTAURACIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA Y DEMOLICIÓN
Lo primero que debemos tener en cuenta es que el procedimiento por el que los Ayuntamientos tramitan los expedientes para la restauración de la legalidad urbanística no es el mismo en todo el territorio nacional, ya que dependerá de la concreta regulación urbanística de cada Comunidad Autónoma.
No obstante, los distintos procedimientos son muy parecidos entre sí por lo que solamente tendremos que prestar atención a las particularidades de cada Comunidad Autónoma siendo el esquema general el que a continuación vamos a exponer.
El procedimiento variará dependiendo de si se trata de una obra en curso de ejecución o bien una obra terminada:
Cuando una obra se está ejecutando sin licencia y es objeto de una denuncia, la primera actuación del Ayuntamiento será un requerimiento para que se proceda a la suspensión inmediata de las obras así como para la retirada de materiales y maquinaria. Procederá al precinto si no se atiende el requerimiento.
Al mismo tiempo se requerirá al interesado para que en el plazo establecido en la Ley proceda a solicitar licencia. Transcurrido dicho plazo puede suceder:
- Que el interesado haya solicitado la licencia y se le sea concedida, alzándose entonces la suspensión.
- Que el interesado no proceda a solicitar licencia o habiéndola solicitado le sea denegada. En este caso el Ayuntamiento procederá a ordenar la demolición si no se hace voluntariamente. Esta orden de demolición se tendrá que dictar en el plazo que prevea la Ley y si no se respeta caducará el expediente y se tendrá que iniciar otro nuevo.
Si no hubieran transcurrido más de 4 años desde la total terminación de las obras que no estuvieran conformes con el ordenamiento urbanístico, el Ayuntamiento podrá requerir su legalización, concediendo al interesado el plazo correspondiente para que solicite la licencia.Si en dicho plazo no la solicitara o le fuera denegada el Ayuntamiento ordenará la demolición de lo indebidamente construido que, al igual que en el caso de obras en curso de ejecución, tendrá que dictar la orden en el plazo establecido so pena de la caducidad del expediente.
Lo importante a tener en cuenta cuando se recibe un requerimiento de legalización son los distintos plazos de caducidad tanto de las obras ejecutadas como de la tramitación de los expedientes por parte del Ayuntamiento, cuestiones que es conveniente que se confíen a este Despacho por nuestra especialización para evitar que cualquier escrito, personación en el Ayuntamiento o actuación pueda perjudicar gravemente los derechos que la Ley otorga.