Se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón
( 07-07-2017 )
El Boletín Oficial de la Comunidad de fecha 30 de junio de 2017, publica el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, Dicha norma, que entrará en vigor al día siguiente de la publicación, parte de la necesidad de proceder a una sistematización de la materia por las diversas modificaciones que ha ido sufriendo la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, que es la que queda derogada de dicha aprobación.
La Ley 15/2006 , de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, ha ido sufriendo diversas alteraciones a lo largo de su vigencia que han determinado que las Cortes de Aragón consideren conveniente y oportuna su refundición al objeto de proceder a su sistematización, regularización, remuneración, aclaración y armonización, a través de la aprobación de este Decreto legislativo.
Este tramite se ha podido llevar a cabo por la previsión que ya realizaba la propia ley en su contenido y que autorizaba al Gobierno de Aragón para que, en el plazo máximo de dos años a contar desde la entrada en vigor de dicha ley, se aprobará, a propuesta del consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, un decreto legislativo por el que se refunda la Ley 15/2006 de Montes de Aragón y sus sucesivas modificaciones.
Entre las modificaciones más destacadas están:
• El Decreto-Ley 1/2010, de 27 de abril, de modificación de diversas leyes de la Comunidad Autónoma de Aragón para la transposición obligada de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, por el que se reemplaza en determinados procedimientos la figura de la autorización por la declaración responsable.
• La Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, que incorpora la disposición adicional décimo tercera sobre la elaboración de planes de ordenación de los recursos forestales y otros instrumentos de gestión forestal.
• La Ley 27/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón que modifica el artículo 31, relativo a la pérdida de uso forestal por puesta en cultivo.
De esta manera, una de las reformas más esenciales se produjo con la Ley 3/2014 por la que se han simplificado los trámites administrativos en diversos procedimientos, como aquellos relativos a la circulación con vehículos a motor en montes catalogados; también se han dispuesto medidas en la rescisión de consorcios y convenios forestales y destacan las modificaciones relativas a las medidas de lucha contra los incendios forestales.
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