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Nueva sentencia sobre la devolución de los gastos de formalización de una hipoteca

( 09-01-2017 )

El Juzgado de Primera Instancia nº; 11 de Oviedo ha dictado una sentencia en la que da la razón al demandante y condena al banco al pago de los gastos de la escritura de hipoteca.

La demanda se planteó contra la entidad bancaria Liberbank y se solicitaba la nulidad de la cláusula en la que se establecía que era el cliente el que tenía que abonar los gastos que ocasionara la escritura de constitución de la hipoteca.

La sentencia supone que Liberbank tendrá que abonar a su cliente:

Todos los gastos futuros, o pendientes de pago por aranceles notariales y registrales relativos a la constitución (incluidos los de la primera copia de la presente escritura para la prestamista y en su caso los derivados de los documentos acreditativos de las disposiciones), modificación o cancelación de la hipoteca, incluidas las comisiones y gastos del otorgamiento de la carta de pago, así como, todos los gastos futuros, o pendientes de pago por gastos de gestoría por la tramitación de la escritura ante el Registro de la Propiedad

El Juzgado toma esta decisión conforme a la Sentencia del Tribunal Supremo del año 2.015, en la que acordaba la nulidad de las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes que son a consecuencia de la celebración del contrato y que se corresponden con los de la intervención notarial y registral, así como los correspondientes a los tributos que gravan la operación cuanto es el banco el sujeto pasivo.

Estas cláusulas, de utilización habitual en todas la escrituras de formalización de hipoteca, generan un desequilibrio y, por tanto, son abusivas conforme a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

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