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NUEVA EDIFICABILIADAD EN MADRID

( 18-11-2022 )

La edificabilidad puede entenderse como la cantidad máxima de metros cuadrados totales que se podrán construir en una parcela, que se calculará sumando la superficie en una planta o en varias, hasta alcanzar el total de metros cuadrados atribuidos por la normativa urbanística al terreno en cuestión.

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la modificación de las normas urbanísticas que contabilizan la edificabilidad en las parcelas de la capital con objeto de mejorar las condiciones de confort de las viviendas, adaptándolas a las nuevas necesidades de los vecinos.

De esta forma las terrazas no computarán a efectos de edificabilidad, potenciando los balcones y balconadas tanto en las construcciones nuevas como en las existentes, a partir de ahora se permitirán los miradores con persiana, que hasta ahora no se podían instalar, tampoco computarán a efectos de edificabilidad los trasteros.

Igualmente no contarán en la edificabilidad los cuartos de instalaciones en plantas de piso, se liberan las azoteas de los edificios, para que sean transitables y utilizables.

Se añade un “factor verde”, la utilización de fachadas y cubiertas verdes se verán favorecidas ya que a mayor superficie “vegetal” se aplicará un factor verde que permitirá optimizar el espacio libre de parcela.

En esa línea los elementos de producción de energía sostenible o elementos constructivos de mejora de la eficiencia, así como los cuartos para guardar vehículos de movilidad sostenible como las bicicletas no computarán a efectos de edificabilidad.

Con estas modificaciones de la normativa urbanística municipal se persigue alcanzar una mayor comodidad, sostenibilidad y la eficiencia energética de las viviendas de Madrid.

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