Los gestores administrativos piden que los alquileres se inscriban en el Catastro para acabar con el fraude fiscal
( 13-06-2023 )
Los gestores administrativos proponen que los arrendamientos de vivienda sean inscritos en el Catastro para frenar la economía sumergida en el mercado del alquiler. Según el observatorio de gestión pública del Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (Icogam), en 2021, unos dos millones de alquileres de hogares no habían sido declaradados ni constaban en ningún censo público. Son estimaciones que no recogen datos del País Vasco y Navarra.
En esta línea, el Observatorio de los gestores madrileños propone que los alquileres se inscriban en el Catastro, como medida de reforzamiento del Plan de digitalización de las administraciones públicas 2021-2025, uno de los elementos principales del componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de modernización de las Administraciones Públicas.
Los gestores explican que con esta medida «se persigue reforzar la digitalización administrativa, mejorar la coordinación entre administraciones, reforzar la seguridad pública así como la seguridad jurídica». Además, se amplía la información fiscal, lo que no solo supone conocer los datos de quienes tienen que declarar los ingresos sino también de aquellos que pueden deducir los gastos, y permitiría obtener una información estadística fiable sobre el mercado de la vivienda.
En opinión del presidente del Icogam, Fernando Jesús Santiago Ollero, «la medida ofrecería a nuestros gobernantes una información suficientemente fiable como para aprobar medidas dirigidas, con datos reales, a alcanzar el objetivo establecido en la Constitución sobre la vivienda digna».
En este sentido, los gestores proponen habilitar esta medida a través deuna modificación del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Piden que la redacción de la norma obligue a inscribir los bienes inmuebles urbanos en el Catastro, con expresa referencia de la fecha de inicio del arrendamiento, la identidad del arrendatario y la fecha de finalización, en caso de existir, de dicho arrendamiento.
Según Santiago, «con esta medida no solo reforzamos la seguridad de arrendador y arrendatario, colaboramos en reducir la economía sumergida y reforzamos la seguridad jurídica y pública, sino que también ampliamos la utilidad del Catastro y colaboramos en la digitalización de la administración».
Los gestores recuerdan que la Agencia Tributaria, detectó entre 2015 y 2021 una bolsa de alquileres sin declarar por un importe de 7.100 millones de euros, lo que permitió una recaudación extra de 860 millones de euros. Actualmente las principales fuentes de información para detectar alquileres sin detectar son: la obligación de incluir el NIF del inquilino cuando el arrendador declara los ingresos, por comprobaciones de la propia AEAT, del consumo de energía en viviendas vacías según los datos proporcionados por las compañías de suministro de ésta, por la revisión de los datos de las cuentas bancarias o en la obligación de las compañías que intermedian en el alquiler vacacional de proporcionar datos sobre los inmuebles arrendados con fines turísticos, sus propietarios y huéspedes.
( NOTICIA DEL DIARIO ABC)
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