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El Tribunal Supremo establece que no se pueden revisar las sentencias firmes sobre cláusulas suelo

( 07-04-2017 )

El Tribunal Supremo, mediante auto de 4 de abril de 2.017, ha establecido que las sentencias firmes dictadas para resolver las reclamaciones sobre las cláusulas suelo no podrán ser revisadas a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El argumento jurídico en el que se fundamenta la decisión del Tribunal es que no es posible revisar una sentencia firme cuando un fallo posterior establezca una doctrina jurisprudencial que sea incompatibles con lo establecido en la sentencia anterior, al considerar que la sentencia posterior no es un "documento" a los efectos estalecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil para que proceda la revisión.

De esta forma los bancos afectados (BBVA, Abanca, Cajamar y Popular) se ven favorecidos de nuevo por una resolución Judicial del Tribunal Supremo cuya fundamentación jurídica deberá ser sometida de nuevo al Tribunal Europeo.

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