• slidebg1
    GRAU ASOCIADOS-ABOGADOS

Derecho a la devolución de los gastos de la escritura de hipoteca

( 05-01-2017 )

Son ya varias las sentencias que, siguiendo otra del Tribunal Supremo, están dando la razón a los clientes de las entidades bancarias cuando reclaman los gastos correspondientes a la escritura de hipoteca.

El fundamento de las decisiones judiciales es que el interesado de que la escritura de hipoteca tenga acceso al Registro de la Propiedad es el banco, por lo que los gastos son de su incumbencia o, por lo menos, se tiene que realizar un reparto equitativo de los mismos con el cliente.

Los gastos pueden ascender a unos 3.000 euros para una hipoteca media de 150.000 euros, y el plazo para reclamarlos puede oscilar según las circunstancias de la contratación, dependiendo de la fecha de la escritura, por lo que es aconsejable consultar con un abogado.

En cuanto a las vías de reclamación puede ser directamente ante el propio banco a través de su Defensor de la clientela y, posteriormente al Banco de España. En el caso de que no se consiguiera la devolución habría que acudir a la vía judicial.

Con los nuevos pronunciamientos jurdiciales en relación al coste de las escrituras de hipotecas, se abre un nuevo frente judicial para las entidades bancarias ya que, en la casi totalidad de las hipotecas concedidas, el importe de los gastos de escritura y registro han sido abonados por los clientes.

Volver a Noticias