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Demandas por daños y perjuicios al Reino Unido por el Brexit

( 24-06-2016 )

Según informaciones aparecidas en días anteriores a que los Británicos votaran su salida de la Unión Europea, en los contratos de compraventa de viviendas que estaban firmando en España introducían claúsulas de resolución para el supuesto de que ocurriera lo que ya ha sucedido.

De esta forma, todos los contratos de compraventa que hubieran previsto su resolución si el Reino Unido votara su salida de la Unión Europea quedarán sin efecto y los vendedores tendrán que devolver las cantidades a los compradores británicos.

Esta previsión que hacían los Británicos al comprar una vivienda en España pone en evidencia que se hará necesario estudiar si la salida del Reino Unido de la Unión Europea le obliga a resarcir los daños patrimoniales a particulares por su decisón unilateral de abandono, porque lo que es evidente es que cuando dos particulares acordaron obligarse bajo un marco legal, si de forma unilateral un Estado lo abandona, deberá tener que correr con los daños que su decisión les provoque.

Así, en los próximos años prevemos una lluvia de demandas de particulares al Reino Unido por los daños que va a provocar, con toda seguridad, en los intereses de los ciudadanos de otros Estados de la Unión Europea.

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