ANULADO EL PLANEAMIENTO DE LAS COCHERAS DE CUATRO CAMINOS
( 07-05-2021 )
El 26 de junio de 2014 se aprobó por el Ayuntamiento de Madrid la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid sobre el ámbito de “Cocheras de Metro, Cuatro Caminos”.
Lo que permitió ese mismo año al Grupo Ibosa comprar el suelo perteneciente a Metro de Madrid por un importe de 88 millones de euros, para levantar más de 400 viviendas a través de la Cooperativa Metropolitan y desarrollar el proyecto “Residencial Metropolitan” que integraba, un gran parque, edificios de viviendas y dotacionales, con el soterramiento de las cochera de Metro.
La Asociación Colectivo Ciudadano de Urbanismo Corazón Verde Chamberí, así como por la Asociación Madrid Ciudadanía y Patrimonio, presentaron recurso Contencioso-Administrativo contra la modificación del PGOU aprobada por el Ayuntamiento de Madrid y recientemente la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado Sentencia estimado los recursos presentados por ambas Asociaciones.
De esta forma ha sido anulada la Modificación Puntual del PGOU en relación con las cocheras del Metro de Cuatro Caminos, basada en dos motivo de nulidad, el primero que la modificación urbanística carece de un correcto estudio de impacto ambiental, y el segundo que carece de la justificación de viabilidad y sostenibilidad económica.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo sostiene, en relación con la Memoria de Impacto Ambiental, que no contempla otras alternativas posibles y de esta manera manifiesta que «resulta evidente que ni en el informe ni en el estudio llega a realizarse un análisis de las posibles alternativas, ya que, exclusivamente, entienden que la única solución posible para ejecutar el Área de Planeamiento Remitido (APR) es a través de la ordenación planteada en la modificación, cuando ambientalmente se exige la determinación de diferentes alternativas entre las que poder concretar aquélla que sirve mejor a la ciudad».
El segundo de los motivos de nulidad manifestado por la Sala, se concreta en la falta de acreditación de la viabilidad y sostenibilidad económica, indicando que «el estudio de viabilidad de la presente modificación, que supone una transformación urbanística del ámbito inicial del PGOUM de 1997, con el nacimiento de una nueva zona de suelo urbano consolidado, en la que se prevén cesiones de suelo al Ayuntamiento para redes, viario y zonas verdes, no contiene la evaluación del coste financiero del mantenimiento que esas infraestructuras va a irrogar a las arcas municipales»
La Sentencia puede ser recurrida en Casación ante el Tribunal Supremo y mientras tanto pueden continuar las actuales obras de demolición de las Cocheras, que finalmente no obtuvieron la declaración Bien de Interés Cultural en su conjunto.
El Ayuntamiento de Madrid en una primera valoración, entiende que las causas de la anulación son defectos formales, que pueden ser subsanados no cuestionando aspectos de fondo de la modificación efectuada.
La Asociación Madrid Ciudadanía y Patrimonio considera por su parte, que Metro de Madrid ha de recuperar la parcela y plantear una ordenación urbanística que busque su adecuado aprovechamiento social y cultural, que no tiene por qué ser incompatible con algún tipo de uso residencial, mientras que el Ayuntamiento habrá de responder con las oportunas indemnizaciones a los cooperativistas afectados y dar una solución al conflicto.
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